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«La tecnología es el instrumento que empodera a la enseñanza y al aprendizaje del Derecho; forjando un futuro en donde el conocimiento y la justicia se entrelazan en armonía»

Armando Juárez Bribiesca

I. Introducción

La presente opinión tiene como objetivo general analizar y reflexionar en trono a la Enseñanza del Derecho, desentrañándola desde lo general a lo particular, partiendo y tomando como referencia al objetivo general del curso. 

El objetivo específico es abordar los fines particulares de cada tópico que corresponde a la enseñanza del derecho, desde una deconstrucción, analizando sus alcances, límites y posibles mejoras. 

Lo anterior, motivado desde el rol preponderantemente del proceso de la enseñanza – aprendizaje del derecho; ya que es base para toda persona que se adentra a los procesos educativos relacionados al ámbito jurídico. Por lo cual, consideramos que se vuelve vital sumarnos al presente intercambio de ideas y saberes, a través de un análisis plural y objetivo, que impulse la diversidad de expresión, pensamiento y raciocinio. 

La enseñanza del Derecho, te inserta a un mundo imaginario de herramientas con fines de poder compartir un mensaje claro y concreto de cómo debe llevarse a cabo el proceso educativo de la enseñanza – aprendizaje del derecho. 

En dicho proceso educativo, se vuelve clave fortalecer y replantear las habilidades comunicativas en las personas que estudian y enseñan el derecho; lo anterior, porque el sistema jurídico mexicano lo está exigiendo y el que no se adapte tendrá que quedar en el rezago. 

En dicho contexto, el presente análisis tiene como objetivo formular una conclusión, a partir de los elementos que se obtienen de crítica de la enseñanza del Derecho que, se niega a utilizar los avances digitales y tecnológicos; y, dicha postura da como consecuencia el limitar el potencial de aprendizaje y desarrollo, precisamente de los estudiantes de derecho.

El uso de las innovaciones tecnológicas y los avances digitales puede proporcionar a los estudiantes y a los profesores una amplia gama de recursos y herramientas que enriquecen su aprendizaje. 

La interrelación entre Universidades para desarrollar plataformas en línea, las bases de datos legales digitales y las herramientas tecnológicas de investigación legal, pueden agilizar el proceso de búsqueda de información; permitiendo a los estudiantes acceder rápidamente a casos, legislación y precedentes legales relevantes para plantear, desarrollar y resolver, casos prácticos. Negarse a utilizar estas herramientas puede restringir el acceso de los estudiantes y producir analfabetas digitales, sin capacidad de acceder a recursos actualizados y limitar su capacidad para desarrollar sus habilidades digitales y lograr investigación efectiva.

Las innovaciones tecnológicas y los avances digitales, no resultarán ser la panacea de la enseñanza del Derecho, pero, sin duda que permitirá mejores oportunidades y una opción diferente para el aprendizaje interactivo y práctico. 

Incluso, las simulaciones de casos, los programas de aprendizaje en línea y las clínicas legales virtuales pueden ayudar a los estudiantes a aplicar el conocimiento teórico en situaciones prácticas y desarrollar habilidades de resolución de problemas, incorporando en tiempo real a quienes intervinieron en la resolución de un determinado caso, incluso si se encuentra en un lugar distinto y lejano (vr. gr. México – España o cualquier lugar del mundo). 

Es tiempo de ir asimilando que el negar el uso de las nuevas tecnologías y las innovaciones digitales, priva a los estudiantes de experiencias prácticas y limita su capacidad para desarrollar habilidades necesarias en el ejercicio del derecho en un mundo global digital.

La era digital impone una realidad: la tecnología está transformando rápidamente la práctica legal. En dicho contexto, los abogados y profesionales del derecho deben estar preparados para enfrentar los desafíos y oportunidades que presenta la digitalización. 

Al negarse a utilizar los avances digitales y tecnológicos en la enseñanza del Derecho, se corre el riesgo de dejar a los estudiantes desactualizados y mal preparados para la realidad del campo legal, generando personas profesionistas, pero analfabetas digitales.

Con todo, el presente opinión pretende incorporar los aprendizajes obtenidos y correlacionarlo con una crítica a la enseñanza del derecho para los próximos diez años (2023 – 2033); y pretender destacar con aquéllos tópicos que nos permitan superar aquéllas perspectivas que se nieguen a utilizar los avances digitales y tecnológicos; advirtiendo que el analfabetismo digital dará como consecuencia el limitar las oportunidades de aprendizaje, restringir el acceso a recursos legales actualizados y dejar a los estudiantes mal preparados para la práctica legal en una era digital. 

La integración adecuada de la tecnología en la enseñanza del derecho puede enriquecer el proceso de aprendizaje y preparar mejor a los estudiantes para los desafíos futuros.

1. Desarrollo

¿Cómo estamos en la enseñanza del derecho en México? 

Para poder realizar una reflexión crítica sobre la enseñanza del Derecho, primero analizaremos someramente la situación actual de las personas que estudian derecho en nuestro país; lo anterior con el fin de visibilizar el rol actual de la enseñanza del derecho en México, dentro de los cuales hemos encontrado datos abiertos y públicos en plataformas especializadas como la del Instituto Mexicano de la Competitividad (IMCO) y la plataforma Observatorio Laboral (perteneciente a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social). Esta información pública nos da una perspectiva general, la cual presentamos de la siguiente forma: 

Dentro del portal digital Observatorio Laboral, y con cifras actualizadas hasta el segundo trimestre de 2022 basadas en la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, señala que actualmente los egresados de la Licenciatura en derecho, cuenta con 939,814 personas insertadas en el sector laboral, de los cuales 39.6% son mujeres y 60.4% son hombres, es decir, en el sector productivo existen más hombres que mujeres desenvolviéndose en relación con el derecho. Contando con un ingreso mensual aproximado de $12,742.00 a nivel nacional, dicho remuneración aumenta en las ciudades más grandes como Ciudad de México, Monterrey, Guadalajara, Puebla, entre otras. 

Dicho portal digital también nos da la posibilidad de poder saber cuál es el contexto de la carrera de derecho, en este caso hicimos una búsqueda sobre la descripción particular de la Ciudad de México, la cual nos señala que la carrera de derecho está relacionada con los estudios sobre los principios y procedimientos para mantener formalmente el orden social, en donde se considera la formación de profesionales del derecho, como abogados y la formación judicial, en la cual hay 64,696 personas matriculadas en la carrera; 7,691 egresados; con 117,941 profesionistas ocupados; con un ingreso promedio mensual de $14,812.00; convirtiéndose en la 23° carrera mejor pagada; y en donde el 58.1% de los que estudian derecho tienen un trabajo acorde a sus estudios.  

Con los datos previamente indicados, notamos un alto interés en las personas por estudiar derecho, sin embargo, el número de egresados es bajo, por lo que se podría plantear que muchos estudiantes se quedan varados en el proceso de la formación y pasan a ser parte de los números rojos de la deserción escolar.  

También se desprende de esta información, dos datos que me causan sorpresa, la primera es que la carrera de derecho sea la 23° mejor remunerada en la ciudad, por lo que podemos concluir que la actividad laboral relacionada a la ciencia jurídica se ha estado desvalorizando con el paso del tiempo, incluso ha llegado a depreciarse y salir de las carreras mejor pagadas. 

El segundo, es que 6 de cada 10 personas trabajan en un rol vinculado con la carrera, por lo que podemos apreciar que hay una alta tasa de desempleo en el sector jurídico, lo que contrasta con el pensamiento popular de que la carrera de derecho sea una ventana de oportunidades de empleo, esto debe ser considerado como una cruda realidad y lo deberíamos insertar en el imaginario público jurídico como una crisis que deberíamos empezar a abordar de manera urgente. 

Por otra parte, en otra una búsqueda de datos públicos y abiertos, se pudo encontrar que el Instituto Mexicano de la Competitividad (IMCO) ha desarrollado una iniciativa denominada Compara Carreras (2022), la cual tiene como uno de sus objetivos dar a conocer un panorama general de las carreras en México, dentro del cual la carrera de derecho tiene 1,245,762 personas que estudiaron esta carrera, 56% son hombres y el 44% corresponde a las mujeres, representando el 8.6% del total que estudiaron una carrera, convirtiéndola en la 2° carrera con mayor cantidad de personas en el país. 

Gráfica 1. Personas que estudiaron derecho. 

Por lo que respecta a la relación del derecho y la edad, pudimos encontrar que el 81% de las personas que estudian derecho tienen una edad de más de 30 años, y las personas de menos de 30 años representan el 19%. 

Siguiendo con la información recabada en esta plataforma, se nos informa que el salario mensual promedio que tiene una persona que estudio derecho es de $13,313.00, teniéndola como la carrera número 15 en el rango de remuneración. Cabe destacar en este análisis de información, que de las personas que estudian esta carrera, el 7.4% estudia un posgrado en derecho, lo cual significa un porcentaje muy bajo de personas que continúan con su mejoramiento académico, ya sea por razones económicas o falta de tiempo por carga laboral. 

Es preciso señalar que la importancia de estudiar un posgrado se ve impactado de forma positiva en las personas, ya que no solamente engrosan su capacidades y habilidades, sino también aumentan su salario en un 51.1%, dejándolo en un salario promedio mensual de $19,404.00. 

Actualmente 1957 universidades (públicas y privadas) imparten la carrera de derecho, por lo que están matriculados 402,837 personas en todo el territorio nacional; las universidades con mayores personas matriculadas son las siguientes:: 

  InstituciónEntidadMatriculadosHombresMujeres
1Universidad Autónoma de Nuevo LeónNuevo León19,35842%58%
2Universidad Nacional Autónoma de MéxicoCdMx15,14146%54%
3Universidad Tecnológica Latinoamericana (en línea)CdMx13,28151%49%
4Universidad Abierta y a Distancia de México (Unad México)CdMx12,20344%56%

Una vez hecho el análisis sobre la situación de las personas que estudian derecho en México, continuaremos abordando la conceptualización de las técnicas como conjunto de procedimientos y recursos especializados para poder aplicarse en el proceso de enseñanza-aprendizaje del derecho. 

2. Las técnicas, como recursos didácticos dentro del proceso de enseñanza-aprendizaje del derecho. 

En la antigüedad, el ser humano y su proceso de evolución a través del tiempo ha logrado desarrollar una serie de actividades concretas que generan diversos impactos de múltiple índole en la vida cotidiana de la humanidad; estas acciones se han logrado hacer con la observación de fenómenos naturales y sociales, este último, resultado de la interacción diaria de los seres humanos, así como también de los grupos de los cuales son parte. 

Dichas observaciones despertaron la curiosidad humana, logrando a través de la percepción del ojo una serie de experiencias, varias de las cuales con el paso del tiempo se repetían y desde las cuales se empezó a generar un cierto tipo de conocimiento, así es como del resultado de estas experiencias, la humanidad fue descubriendo, analizando y reflexionando sobre el conocimiento (como producto de estas observaciones), mismo que se fue transmitiendo y compartiendo por diversas formas de generación en generación, y de pueblo a pueblo. 

Estas formas de compartir y transmitir los conocimientos se han preservado desde los tiempos más remotos hasta la época actual, en Francia podemos observar ejemplos de las primeras formas de manifestación de cómo se realizaba la caza de mamuts en grupo, estos a su vez transmitieron a sus descendientes las formas que se convirtieron con el transcurso de los años en técnicas, que contaban con el conjunto de conocimientos básicos para poder ejecutar la caza de un animal, lo anterior como acción fundamental de sobrevivencia. 

Desde lo general, las técnicas han sido elementos sustanciales en la existencia de la humanidad, se han transmitido como un conjunto de habilidades especializadas para conseguir ciertos fines, que han podido ayudar a realizar diversas mejoras en los procesos específicos. 

Las técnicas suelen estar divididas en dos etapas, la primera parte se refiere al aspecto teórico, es decir, al conjunto de ideas de pasos concatenados para lograr un objetivo en común; y de forma subsecuente la parte práctica, que es todo aquello referente a la ejecución de los conocimientos abordados y absorbidos en la etapa teórica. 

Es importante señalar y darle significado de manera conceptual al término técnica, que según la Real Academia Española es:

“1. Perteneciente o relativo a las aplicaciones de las ciencias y las artes.

2 …

3. Persona que posee los conocimientos especiales de una ciencia o arte.

4 …

5 …

6. Conjunto de procedimientos y recursos de que se sirve una ciencia o un arte.

7. Pericia o habilidad para usar una técnica.

8Habilidad para ejecutar cualquier cosa, o para conseguir algo”.

Es importante analizar la conceptualización de las técnicas, ya que son elementales por su rol protagónico en el proceso de enseñanza-aprendizaje dentro de las aulas de clase. 

Para poder seguir enriqueciendo esta aportación de ideas, es preciso señalar que la enseñanza del derecho en nuestro país de manera formal se da con la llegada de los conquistadores españoles, ya que en 1551 se crea la Real y Pontificia Universidad de México (los antecedentes de lo que hoy es la Universidad Nacional Autónoma de México), institución que en aquellos momentos sirvió para dar educación a los hijos de la nobleza española, desde donde se empieza a forjar un camino para los primeros estudiantes de leyes en nuestro territorio. 

Cabe destacar que, en aquellos tiempos la educación tenía como base los principios religiosos, estaba destinada a impartirse a una población minoritaria y privilegiada, por lo que el grueso de la población del virreinato de la Nueva España no tenía acceso ni derecho a la formación educativa, destinándolos a un rezago prolongado que duraría años.

Esta enseñanza tenía una fuerte carga de pensamientos de corte religioso porque la Universidad estaba creada y controlada por la iglesia católica, ya que sus instructores educativos eran sacerdotes, por lo que se puede manifestar que los orígenes de la enseñanza del derecho en nuestro país tuvieron una mezcla teológica muy fuerte en los primeros siglos de su creación.

La enseñanza del derecho en México tiene un momento de ruptura en su formación tradicional en 1867, ya que, con el triunfo liberal de la República encabezada por Benito Juárez, se redactó y publicó la Ley Orgánica de Instrucción Pública, abrió una nueva ruta en la enseñanza, se logró transformar y concretar una nueva Escuela Nacional de Jurisprudencia. 

A partir de aquí se cambiaron de forma radical las formas y técnicas de cómo se enseñaba el derecho, la nueva Escuela Nacional de Jurisprudencia se encargaría desde aquel entonces en emprender un camino donde se forjaran abogados con un perfil laico y republicano, logrando por fin separar al derecho de la iglesia católica, momento vital para ampliar perspectivas y quitarse el yugo obscuro del pensamiento cerrado de la iglesia y sus líderes clericales.

Así fue el desarrollo de la enseñanza-aprendizaje del derecho en la segunda mitad del siglo XIX, a principios del siglo XX esta visión cambiaría y el crecimiento y demanda de la población obtendría una importante victoria el 22 de septiembre de 1910, cuando por fin abre sus puertas a la vida pública la Universidad Nacional por gestiones de personajes como el maestro Justo Sierra, buscando una unidad del conocimiento a través del diálogo e inclusión de más personas que tuvieran acceso a una educación con mayores herramientas y donde se aprendían técnicas para desempeñar diversos oficios, incluyendo al derecho. 

El proceso de la enseñanza-aprendizaje del derecho en México en el siglo XX tuvo varios momentos destacados, se formó a miles de estudiantes con la vocación de que fueran útiles para el desarrollo de su país, la Facultad de Derecho se encargó de llevar el mando de este timón y en sus aulas se instruyeron personajes relevantes que dejaron un importante legado para la construcción de un mejor país. 

La formación que se implantó en aquellos momentos fue vital para la construcción colectiva a nivel nacional, su objetivo fue que las habilidades que adquirían sus estudiantes se pudieran ver reflejadas en encontrar soluciones acordes a las necesidades de la población. 

Sin embargo, hay una variable altamente relevante denominada población, cuya característica universal es su continua transformación, ya que todo está en constante movimiento, es decir, nada está fijo para siempre. 

Y como los seres humanos de una población van transformándose de forma continua, también van cambiando sus perspectivas y necesidades, se van dando nuevas formas de interacción y por lo tanto el orden social se va reinventando cada cierto tiempo. Esto también tiene una repercusión en los procesos educativos de enseñanza y aprendizaje, por lo que la visión de cómo se van forjando los estudiantes de derecho tiene que estar adecuada a las perspectivas actuales de las distintas poblaciones. 

Actualmente el derecho vive una etapa de transición, los procesos de interacción humana han hecho plantear una perspectiva de que las controversias puedan encontrar soluciones menos desgastantes y donde el diálogo sea el principal motor para generar acuerdos y consensos.

Estas nuevas formas también tienen un impacto dentro de las instituciones educativas, y como son las encargadas de sembrar y transmitir conocimiento, tienen una obligación académica de forjar a los estudiantes de acuerdo con las necesidades de la población donde van a desempeñar su vida laboral, lo que conlleva a ser responsables de reflexionar de forma continua sus planteamientos y modelos educativos.

La reforma en materia penal de 2008 y las creaciones de juzgados orales mercantiles, civiles y familiares, han dejado claro que los egresados de las licenciaturas y posgrados en derecho deben tener un perfil de seres humanos que sepan expresarse, donde tengan conocimiento teórico y práctico para saber utilizar el poder de la palabra hablada para aplicar el derecho. 

He aquí el surgimiento y reto para las instituciones educativas que forman estudiantes de derecho, ya que los cambios de modelo actual requieren que se replanteen los métodos y técnicas para enseñar el derecho. La reincorporación de la oralidad al sistema normativo mexicano inserta la necesidad de reflexionar sobre los cambios que tienen que dar en los procesos de formación de los profesionales del derecho. 

Estos planteamientos pueden ser insertados en diversas materias que adquieren relevancia respecto de la enseñanza del Derecho, así que a continuación abordaremos algunas de sus diversas problemáticas; y también, asumiendo el reto de obtener una visión sobre los replanteamientos que pudieran materializarse dentro de las aulas educativas. Cabe recalcar que la siguiente opinión es subjetiva y es una perspectiva personal del que aquí redacta estas líneas. 

Los principales aspectos que atraen la discusión frente a la enseñanza del derecho en las aulas de clase las podemos señalar en:

1.- El rol del profesor (a) dentro del aula de clases. 

2.- El rol del alumnado dentro del proceso educativo. 

3.- Los contenidos frente al contexto actual de la sociedad. 

4.- La falta del uso de nuevas vías tecnologías en las aulas de clase.

Estos principales aspectos se explican a continuación:

1.- El rol del profesorado dentro de un salón de clases es una de las bases fundamentales dentro de los procesos educativos, ya que este ente es un pilar de origen, es decir, las y los profesores son los guías académicos que conducen, hacen fluir y son la primera fuente del conocimiento en un aula educativa. A partir de su luz, el alumnado con esfuerzo, dedicación y estudio podrá salir de la más profunda caverna de la ignorancia. Estos tienen un papel parecido al de los sherpas que fungen como guías en Nepal para poder subir a la cima del monte Everest, la montaña más alta de la Tierra. 

Es una problemática porque a finales del siglo XX el profesorado que dio clases a miles de personas universitarias era con base en clases rígidas, donde prevalecía y se daba bastante importancia a la disciplina férrea para llevar la coexistencia dentro del salón de clases. Todavía varios de los que estudiamos a principios del siglo XXI, pudimos notar prácticas que incentivaban las clases magistrales, el uso principal para memorizar conceptos y códigos completos, técnicas que vemos ejercidas cada vez menos dentro de los centros educativos. 

2.- El alumnado en los últimos años ha cambiado, a finales del siglo XX la mayoría de las aulas educativas en la ciencia jurídica era compuesto por personas jóvenes, la apertura y mercantilización de educación, ha traído que personas de todas las edades que hayan terminado un curso de bachillerato tengan acceso a cursar una carrera de derecho, no nos toca analizar en este texto si la educación de todas personas es de calidad o si egresan con las suficientes habilidades para ejercer en la práctica esta profesión.  

Por la experiencia personal, el alumnado podría ser tachado en su mayoría de apáticos, las y los profesores se quejan dentro de las reuniones académicas con sus colegas de la falta de participación dentro de los salones de clases. Lo anterior, puede estar nutrido por varias razones, como que el profesorado puede no generar un vínculo de interés y de conexión con sus alumnos, que el alumnado simplemente no esté interesado en la naturaleza del curso, o que también exista algún obstáculo económico que impida al alumnado a poder enfocarse y dedicarse ciento por ciento a su vida académica. 

Es importante que tanto los alumnos y los profesores puedan incentivar prácticas y técnicas novedosas que incentiven la participación de ambos, solamente de esa forma un aula educativa podrá cumplir con sus principales funciones: forjar seres humanos preparados, críticos y conscientes para servir a la nación. 

3.- Los contenidos son relevantes dentro del proceso educativo, y debe ser obligación de las instituciones educativas y del profesorado en tener toda la información actualizada en cursos, talleres, seminarios y diplomados, la importancia radica en que las aulas de clases son la tierra fértil lista para sembrar las semillas del saber, si se siembran semillas caducas o nulas para poder crecer, la tierra jamás dará buenos frutos.

4.- Después de la pandemia provocada por el SARS-CoV 2 a nivel mundial, el ámbito educativo tuvo que adaptarse y acelerar los cambios para insertar nuevas tecnologías a los procesos de enseñanza-aprendizaje, sin embargo, todavía existen instituciones que enseñan el derecho sin estas herramientas tecnológicas, ya sea por descuido institucional o porque también el alumnado carece del acceso a internet y/o un ordenador, estas carencias hacen que estudiantes de derecho no tengan oportunidad a nuevas formas de adquirir conocimiento. 

Como hemos observado en los puntos previos, las problemáticas del derecho están centradas en los principales personajes y elementos (profesor (a), alumnado, contenidos aparejados con la realidad social y el uso de técnicas nuevas e instrumentos tecnológicos) de la relación en los procesos de enseñanza-aprendizaje, todo se encuentra correlacionado y forma parte del mismo círculo, de ahí que el mejoramiento de las técnicas educativas sean una oportunidad de oro para apuntalar mejor la formación del alumnado que estudia derecho. 

A continuación, presento la siguiente tabla que podría servir para poder entender estos cuatro puntos de forma clara y precisa:

Cuadro 1. Problemáticas y mejoras en la enseñanza del derecho. 

 ProblemáticaMejora
1Rol del profesorado dentro del aula. –       Clases flexibles.
–       Profesorado se convierte en guía, facilitador y moderador.
–       Apertura para diálogo recíproco que impulse la participación.
–       Dar prioridad al entendimiento e interpretación del derecho.
–       Impulsar habilidades como el uso de la oratoria.
–       Diversificar las técnicas de enseñanza.
–       Impulsar la oralidad.
–       Invitar a principales actores para impulsar conversatorios dentro del aula. 
2Rol del alumnado dentro del aula. –       Cumplir con los compromisos dentro del salón, como por ejemplo leer las lecturas.
–       Ser más participativo, buscando siempre un diálogo activo, respetuoso y tolerante.
–       Ser más solidario y cooperante en clase.
–       Proponer contenido al profesor (a) idóneo para la clase. 
3Contenido educativo frente a la realidad social. –       Diversificar las fuentes de conocimiento dado en clase.
–       Diversificar los recursos educativos para presentar contenido.
4Uso de nuevas herramientas tecnológicas. –       Dotar a la institución educativa de material suficiente como proyectores, computadoras, pizarrones digitales.

Hasta aquí hemos escrito sobre la realidad nacional y local del alumnado del derecho, del contexto histórico de cómo ha ido evolucionado la enseñanza de la ciencia jurídica, así como abordar sus problemáticas y mejoras dentro de las aulas educativas, en esta parte final quisiera hacer hincapié en lo más importante de la enseñanza del Derecho, que son las habilidades comunicativas del alumnado. 

Las habilidades comunicativas son la mayor área de oportunidad y el principal desafío en la materia porque la perspectiva del sistema jurídico mexicano está cambiando de forma paulatina, le dimos relevancia otra vez a la oralidad e interpretación jurídica sobre la rigidez total de la vía escrita y la memorización que generaban profesionales del derecho denominados de forma coloquial como codigueros (dogmáticos) y que no planteaban las prácticas jurídicas desde el aspecto particular del caso.

Por esta razón la inserción de la oralidad dentro del sistema educativo jurídico y de forma específica en materias de la enseñanza del Derecho debe ser una prioridad, el paradigma actual está buscando que en las aulas se forjen mujeres y hombres con habilidades como:

  • Emplear un lenguaje claro y sencillo,
    • Tener claridad en la pronunciación, 
    • Aprender a modular el tono de voz, y
    • Propiciar el diálogo que impulse la conciliación y la mediación. 

Este desafío surge ya que las formaciones de las instituciones de enseñanza-aprendizaje no nos enseñan a hablar en público, lo cual se vuelve un problema al momento de convertirnos en operadores del derecho, por lo tanto, en la práctica no comunicamos eficazmente, ya que no pudimos desarrollar habilidades de comunicación oral. 

Otro desafío es la capacitación docente en técnicas de oralidad. Saber no es sinónimo de capacidad para poder transmitir el mensaje, así como preparar al alumno para problemas que la vida real plantea en un contexto de avances drásticos de la tecnología y los avances digitales. Por esto la importancia de impulsar la oratoria dentro de las aulas de clases radica en:

– En la oralidad tienes que saber técnicas de oratoria. 

– Dentro de la práctica del derecho hay abogados que tienen el conocimiento teórico de la materia, pero no saben exponer o no saben verbalizar la argumentación que quieren presentar.

– El uso de la oratoria como elemento fundamental de los procesos judiciales, se reinsertó con el cambio de paradigma que se llevó en materia penal con la reforma constitucional del 19 de junio del 2008, con la implementación de los juicios orales dentro del proceso del sistema penal acusatorio. 

– La tendencia en los procesos judiciales tiende a virar en México hacia la oralidad, es así como, otras materias jurídicas se han sumado como la civil o mercantil, o en casos específicos como la materia familiar en el Estado de México. Esa es la realidad y quien no se adapte al nuevo paradigma, se quedará rezagado. 

3. Posibles mejoras en las técnicas de la enseñanza del Derecho  

En los siguientes diez años, es dable prever que la enseñanza del derecho se encuentre íntimamente vinculada con los cambios que imponen los desarrollos tecnológicos. Ello es así, porque las tecnologías emergentes están cambiando drásticamente la forma en cómo se accede a la información y, en consecuencia, cambiará la forma en cómo se aprende y se enseña en el ámbito del Derecho.

            La perspectiva que resultará indispensable es aquélla que incorpora el trinomio: tecnología – enseñanza – aprendizaje en el ámbito del Derecho. En consecuencia, las realidades virtuales darán como consecuencia a: las aulas virtuales, plataformas en línea, herramientas digitales, y la educación digital, habrá de generar brechas significativas con aquellas personas que sean analfabetas digitales. 

            La digitalización y el uso de datos, exigirá que los programas de estudio incorporen una perspectiva global del estudio del Derecho, incluso con la exigencia de un estudio del Derecho comparado mucho más especializada y tecnificada. Pues, las tecnologías digitales permitirán la colaboración y el intercambio de conocimientos jurídicos a nivel internacional en tiempo real.

            En dicho contexto digital, es necesario que los estudiantes, los profesores y las Universidades, se transformen por el avance tecnológico. Y, para ello, resultará necesario la integración de habilidades que correspondan con los avances tecnológicos, y el enfoque digital práctico, con una visión global, que será clave en la enseñanza del Derecho. En consecuencia, es dable ir generando las condiciones para que se desarrollen los siguientes tópicos inherentes a la enseñanza del Derecho en este proceso de transición digital:  

I.- Replantear y fortalecer las habilidades comunicativas, tanto teóricas y prácticas, en el ámbito digital y tecnológico. 

II.- Desarrollar clases flexibles donde el profesorado sea un guía, moderador o facilitador que incentive el diálogo participativo y recíproco, con base en el uso de nuevas tecnologías y en el ámbito digital. 

III.- Se dejen de dar clases magistrales, donde el único sujeto protagónico sea el profesorado, y se utilicen las herramientas tecnológicas para realizar prácticas con una perspectiva global con base en los avances tecnológicos y digitales. 

IV.- Diversificar en las técnicas de la enseñanza del derecho, con base en los avances tecnológicos y digitales. 

V.- Invitar a otros actores de la ciencia jurídica a compartir sus experiencias de enseñanza en la ciencia jurídica, desde diversas partes del mundo en las prácticas con base en los avances tecnológicos y digitales. 

VI.- Que, el alumnado proponga contenido diverso para ampliar los conocimientos en clase, y platear la resolución de casos en México y en diversas partes del mundo, con base en una perspectiva del Derecho comparado y los avances tecnológicos, así como los digitales. 

VII.- Diversificar los recursos para presentar contenido, utilizando las clases presenciales y potencializando las prácticas con base en los medios tecnológicos y digitales.

VIII.- Diversificar las fuentes en clase para ampliar el conocimiento adquirido, incorporando fuentes de información de las Universidades en línea. 

IX.- Contar y gestionar con los recursos materiales suficientes como equipos de cómputo, pizarrones digitales, proyectos con internet, considerando las nuevas tecnologías y los avances digitales. 

X.- Considerar como un Derecho Humano el acceso a las nuevas tecnologías, el acceso a los desarrollos digitales y el acceso al internet para cualquier persona.

4. Fuentes: 

  • DAVINI, M. C., Métodos de enseñanza: didáctica general para maestros y profesores. Ed. Santillana, Buenos Aires, 2008.
  • DÍAZ-BARRIGA, Frida y HERNÁNDEZ ROJAS, Gerardo, Estrategias docentes para un aprendizaje significativo, una interpretación constructivista, Ed. McGraw Hill, México, 2005. 
  • HORMOZÁBAL SÁNCHEZ, Ricardo, Manual de retórica, oratoria y liderazgo democrático, Ed. INAP, Chile, 2005.
  • INSTITUTO MEXICANO DE LA COMPETITIVIDAD (IMCO), Compara Carreras 2022, Licenciatura en derecho. https://imco.org.mx/comparacarreras/carrera/341
  • LEITH, Sam, ¿Me hablas a mí? La retórica, de Aristóteles a Obama, Ed. Taurus, España, 2012. 
  • Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Observatorio Laboral, 2022. www.observatoriolaboral.gob.mx
  • SUÁREZ DÍAZ, Reynaldo, La educación. Estrategias de enseñanza-aprendizaje. Teorías educativas, Ed. Trillas, México, 2009. 
  • WITKER VELAZQUEZ, J. A., Técnicas de la enseñanza del derecho, Ed. PAC., México, 2019. 
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